Ley
de Cataluña. Decreto 181/2008
Esta ley tiene una estructura
diferente a la LEA. No aparecen objetivos ni contenidos de cada área.
Solo aparecen los objetivos generales del segundo ciclo, ya que en la
ley que hemos encontrado, solo tiene el segundo ciclo.
Las
áreas son diferentes, en Cataluña son:
-Conocimiento
de uno mismo y de los otros.
-Conocimiento del entorno.
-Comunicación y lenguajes.
Y en Andalucía es:
-Conocimiento de sí mismo y
autonomía personal
-Conocimiento del entorno
-Lenguajes: comunicación y
representación
Las áreas aparecen esquematizadas
y con distintos contenidos, como la
lateralidad, en la LEA aparece de
forma más globalizada.
En comunicación y
lenguajes, aparece todo junto, no se divide como en
la LEA en:
-Lenguaje corporal
-Lenguaje verbal
Escuchar, hablar, conversar (algo
que sí aparece en la ley de Cataluña)
Aproximación a la lengua escrita
-Lenguaje artístico
-Lenguaje musical o plástico
-Lenguaje audiovisual y las
tecnologías de la información y comunicación
No hay atención a la diversidad
ni orientaciones metodológicas.
Ley de Canarias 201/2008
Primer
ciclo
No
se divide en áreas, sino en ámbitos:
Ámbito
1. Conocimiento de sí mismo, la autonomía personal, los afectos y
las primeras relaciones sociales.
Ámbito
2. Descubrimiento del entorno.
Ámbito
3. Los diferentes lenguajes: la comunicación y representación.
Los
contenidos están divididos por apartados y subapartados, algo que no
se contempla en la LEA.
No
hay objetivos específicos de cada área.
No
se divide en bloques dentro del ámbito 3. los diferentes lenguajes:
la comunicación y representación.
No
hay objetivos generales.
No hay atención a la diversidad,
orientaciones metodológicas ni criterios de evaluación.
Segundo
ciclo
Decreto
183/2008
Tienen
un decreto para el primer ciclo y otro para el segundo ciclo.
La
ley de Canarias posee las mismas áreas que la LEA, y las nombra como
áreas, no como ámbitos como en el primer ciclo.
En
la ley que hemos encontrado no aparecen las áreas desarrolladas.
Ley
de la Comunidad Valenciana:
- El área 3 correspondiente a lenguajes: comunicación y representación se organiza dentro del sistema educativo andaluz en tres bloques, mientras que el área 3 de los lenguajes: comunicación y representación del sistema valenciano se organiza en 7 bloques.
- Dentro de los objetivos de la Comunidad Valenciana no se manifiesta el objetivo de iniciarse en el uso oral de la lengua extranjera mientras que en la LEA sí.
- En la Ley valenciana dentro de los objetivos se hace referencia a las TIC’s mientras que en la LEA no.
- Dentro de cada bloque, en la Comunidad Valenciana tiene sus contenidos correspondientes.
Comentario
de grupo:
Pensamos
que las modificaciones que nosotras haríamos en la LEA,
anteriormente comentadas, incrementarían los conocimientos en los
niños e irían adquiriendo una base más sólida del lenguaje tanto
materno como extranjero.
Nos
parece más completa la Ley de Andalucía (LEA), ya que incluye la
atención a la diversidad, esencial en la educación.
La
Ley de Canarias nos parece incompleta, ya que no aparece reflejados
ningún tipo de objetivos y las áreas no aparecen desarrolladas.
También
encontramos incompleta la Ley de Cataluña, ya que no aparecen
objetivos ni contenidos referentes a cada área. Solo aparecen los
objetivos generales del segundo ciclo.
Por
último, comentar que la Ley de la Comunidad Valenciana contiene
menos distinciones respecto a la LEA que las otras dos leyes. Nos
parece importante que haga referencia a las TIC’s dentro de los
objetivos.
Las
integrantes del grupo que hemos realizado ésta práctica, éramos:
- Amelia López
- Cristina Muñoz
- Noelia Mellado
- Rosa Palacios